Estatales bonaerenses: ATE logró la ampliación de las licencias por nacimientos para madres y padres

ATE provincia logró la implementación del cambio en el régimen de licencias parentales, que reemplaza a la maternal, en el sistema público bonaerense.

La medida establece fija que las gestantes contarán con una nueva licencia por cuidado del recién nacido de 45 días, que se suma a la de 90 días. A su vez, se podrá optar por utilizar, compartir o fraccionar la licencia con la pareja o corresponsable, quienes ahora pasan de los tres días de licencia a quince.

Este proceso tuvo su inicio luego de una reunión mantenida entre el secretario general de ATE Bonaerense, Oscar de Isasi; y el gobernador, Axel Kicillof, en el mes de marzo, cuando se decidió en forma conjunta avanzar en este sentido. De la misma, participó la titular de la cartera de trabajo, Mara Ruiz Malec, con quien se abordó la problemática para la consecución de derechos que el gobierno de la gestión de Cambiemos pretendió vulnerar y demorar.

Para Isasi la medida implica “comenzar a transitar el camino de construcción del CCT, con la consolidación y la obtención de nuevos derechos, en este caso en el capítulo de Licencias. Esperamos que lo más rápido posible avancemos en la Carrera Administrativa y en los capítulos sectoriales».

«Hay que construir una herramienta que regule las relaciones laborales, que surja del consenso y que dignifique y jerarquice la tarea del estatal, además de avanzar en la recuperación del poder adquisitivo de nuestros salarios”.

Vanina Rodriguez, secretaria adjunta de ATE Bonaerense, explicó que entre algunas de las incorporaciones y modificaciones se encuentra el aumento de días para corresponsables parentales de 15 días hábiles, la licencia por nacimiento (post parto) de 45 días más (hasta 135 días totales y en caso de ser prematuro/a o en situación de discapacidad 180 días). Y, si ambos corresponsables parentales se encuentran enmarcados en la presente licencia, la persona gestante tendrá derecho a optar cuál de ellos gozará de la licencia.

En el mismo orden, se incrementaron los días por adopción bajo una perspectiva vincular hasta los 3 años de 120 días; entre 3 y 6 años de 135 días; entre 6 y 10 años de 150 días; entre los 10 y 18 años de 180 días; y para adopciones múltiples el régimen será igual con 15 días por hijo.

También se otorgarán días de licencia por trámite de guarda de 2 días corridos con un máximo de 10 días por año para trámites vinculados a la adopción. En el caso de abrigo, el personal que decida como familia abrigo podrá tener una licencia anual de 90 días.

Y se incorpora al derecho a licencia por tratamiento de fertilización para lo que se reconocerán los días necesarios para llevar adelante los procedimientos y las técnicas de reproducción asistida con un tope de 10 días al año y podrán agregarse 20 más sin goce de haberes.

La licencia para el cuidado de hijos en situación de discapacidad establece que a los 20 días de licencia por enfermedad se le añaden 15 días corridos para atención de familiar. En el caso de la licencia por violencia en situación de género otorgará una licencia con percepción integra de haberes a trabajadores víctimas de violencia definida en los términos de la ley 14.893.

Se incorporan pausas para alimentación y adaptación escolar. Para la primera se estipula la pausa de 2 horas de trabajo por jornada laboral a los fines de la alimentación y cuidado del hijo/a menor al año; mientras que por adaptación escolar en nivel inicial y primer grado la pausa será de tantas horas y días como la autoridad educativa disponga que son necesarios.