05/12/2024

Aceptó el amparo de la CGT: La Cámara Nacional del Trabajo anuló el capítulo laboral del DNU

La Cámara Nacional del Trabajo admitió este martes el amparo presentado por la CGT contra el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023 promulgado por Gobierno nacional y anuló todo el capítulo laboral de esa normativa, según informaron fuentes judiciales.

El tribunal de apelaciones resolvió “modificar la sentencia apelada, haciendo lugar a la acción de amparo iniciada por la Confederación General del Trabajo (CGT) contra el Estado Nacional” y “declarar la invalidez constitucional del Título IV” del DNU de Javier Milei.

El fallo lleva la firma de los jueces que integran la sala de feria de la Cámara del Trabajo Manuel Diez Selva, Héctor Guisado y Mario Fera, quienes reconocieron a la CGT la “legitimación activa” para cuestionar todos los artículos de la reforma laboral incluida en el DNU y no solo aquellos que hacían a derechos colectivos, como había ocurrido en primera instancia.

Los jueces fueron tajantes al señalar que aquello que el Gobierno buscó hacer a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia, al menos en términos de reforma de las leyes laborales, debió haberse realizado por la vía legislativa.

“No se registraba impedimento para la reunión de las cámaras del Congreso, e incluso el 27 de diciembre de 2023, es decir, con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia del DNU 70/2023, el órgano legislativo se encontraba convocado, en funciones, y con facultades para examinar el contenido de las reformas propiciadas en dicho DNU”, afirmaron los jueces en el fallo de 15 páginas al que accedió Télam.

“El principio que organiza el funcionamiento del estatuto del Poder del Estado es, precisamente, la división de funciones y el control recíproco, esquema que no ha sido modificado por la reforma constitucional de 1994. Así, el Congreso Nacional tiene la función legislativa, el Poder Ejecutivo dispone del reglamento, y el Poder Judicial dicta sentencias, con la eminente atribución de ejercer el control de constitucionalidad de las normas jurídicas”, remarcaron.

En primera instancia, la jueza que intervino había declarado la nulidad de 6 artículos del capítulo laboral pero había dejado vigentes los demás a la espera de que se algún trabajador eventualmente afectado por su aplicación pudiera presentarse ante la justicia.

Télam adelantó este fin de semana que el tema había pasado a estudio del tribunal de apelaciones del fuero del trabajo a raíz de las presentaciones de la CGT y el Gobierno: mientras los representantes gremiales buscaban la nulidad del capítulo completo, el Estado Nacional pretendía revertir el fallo de primera instancia y que todo quedara vigente.

Renovó Scioli

Por otra parte, el histórico exvicepresidente menemista Daniel Scioli, quien se mantuvo como embajador en Brasil desde la gestión de Alberto Fernández hasta la actual, de Javier Milei, ahora se incorporará al gobierno de La Libertad Avanza (LLA) como secretario. Así lo confirmó el ministro del Interior, Guillermo Francos, quien indicó que el también exgobernador bonaerense se abocará al área de Turismo, Ambiente y Deportes.

Recién entrada la tarde de este martes, Francos publicó una foto donde se lo ve junto a Scioli y Milei, ambos al lado, con pulgares hacia arriba. “Junto al presidente Javier Milei nos reunimos con Daniel Scioli, quien asumirá en la Secretaría de Turismo, Ambiente y Deportes del Ministerio del Interior”, anunció el ministro, que así ratificó versiones que iban en ese sentido y que sonaron fuerte sobre todo los últimos días.

“Gracias Daniel por la gran tarea realizada para nuestro país como embajador en Brasil, reconocida por todos los sectores, y por dejar ese destino para sumarte a nuestro equipo, donde estamos seguros que harás un enorme aporte”, añadió Francos, antiguo amigo del reciente incorporado, que en las últimas elecciones primero quería competir en la interna de Unión por la Patria (UP) como candidato a presidente, pero que luego se plegó y apoyó la postulación del entonces ministro de Economía, Sergio Massa.