Hurlingham: Por mayoría, el HCD disolvió el Tribunal de Faltas y creó un nuevo régimen de multas

Envalentonado con el triunfo electoral del 7 de septiembre, el gobierno de Hurlingham avanzó sobre el Tribunal Municipal de Faltas, que fue disuelto por una ordenanza que impulsó el oficialismo. La norma concentra en el intendente las funciones que hasta ahora tenían los dos jueces de faltas del Municipio, Rafael De Francesco y Xavier López, quienes de todas formas se quedarían dentro de la órbita municipal mientras se reconstruye el área técnica.
Esta medida fue fundamentada en razones operativas y financieras, pero tiene un fuerte componente político. De Francesco fue electo concejal por La Libertad Avanza y en la última campaña electoral era señalado en las redes sociales de Damián Selci como «el señor de las multas». Por supuesto que esas multas no hacían otra cosa que engrosar las arcas del Municipio o de la Provincia (según la jurisdicción) ante determinadas infracciones o contravenciones. Pero quedarán supeditadas, a partir del mes que viene, de un equipo bajo las órdenes directas del intendente.
«El Departamento Ejecutivo, mediante el Decreto N° 184/24, ha instruido un proceso de diagnóstico y auditoría integral sobre el funcionamiento de la Justicia de Faltas, estableciendo una nueva arquitectura organizacional administrativa y de control, a fin de garantizar un sistema más eficiente, transparente y operativo», argumentó el proyecto.
Según trascendió, el expediente fue aprobado por mayoría, con diez votos del oficialismo y de por lo menos tres opositores: Marisol Fernández, Juan Manuel Lorenzo y Anahí Galeano. Tamara Abdo y Julio Medina confiaron a este medio que votaron en contra, y negaron una versión que aseguraban habían pedido «abstenerse», lo mismo que los concejales Roque Belizán y Claudia Serrati. Sebastián Palacio Rius y Lucas Delfino (JxC) directamente no asistieron.
Entre las principales «observaciones» que esbozó el Ejecutivo para detonar la Justicia de Faltas se destacaron «la asistencia irregular del personal, incluyendo inasistencias reiteradas y prolongadas licencias médicas, recomendándose un control más estricto y auditoría médica; la atención deficiente al público por falta de registración adecuada de trámites en mesa de entradas; la gestión ineficaz de correos electrónicos, con acumulación de mensajes sin respuesta y sin clasificación; la ausencia de sistematización adecuada de actas y expedientes, con implicancias negativas para la implementación de políticas públicas de prevención vial; cuya situación debe regularizarse».
También implica un ajuste, palabra que no existe en el manual oficialista. Pero se habló de «asegurar la eficiencia en la administración de sus recursos» ya que «el Municipio atraviesa desde el 2023 una situación financiera crítica, cuyas dimensiones fueron debidamente constatadas en el acta de transmisión de mando de fecha 10 de diciembre de 2023».
No es la primera vez que un gobierno deposita en un intendente el control directo de la Justicia de Faltas, en vez de remover, en todo caso, a un juez sospechado, lo cual sería una tarea políticamente más engorrosa. Lo de ayer fue cirugía sin anestesia, aunque De Francesco se encargó de aclarar que podría iniciará acciones ante una norma que calificó de «ilegal».
«He tenido 30 años a cargo el Juzgado N° 1. El otro lo maneja La Cámpora. Acá el problema es la suma del poder público. De un gran negocio que quiere armar La Cámpora. Quieren ser juez y parte. Y disciplinar a toda la población. Se ufanan de que podrían haber hecho fraude robándonos votos. No me pudieron disciplinar y me quieren castigar. Esto viene acompañado con un 500% de las multas, no por la ordenanza fiscal, sino para no darle aumento a los empleados. El Municipio va a vivir momentos de mucho abuso», se defendió hoy el juez de faltas libertario.
La reforma de la Justicia Municipal vino acompañada de un «Régimen General de Agravantes Contravencionales», el cual es aplicable «a toda falta, contravención o infracción administrativa cometida en el ámbito del Partido de Hurlingham».
En esa otra ordenanza se establecieron «agravantes al momento de cometer la infracción», a saber:
a) Reincidencia dentro del plazo de dos (2) años en la misma infracción o una infracción de naturaleza análoga.
b) Comisión en horario nocturno, entre las 21:00 hs y las 06:00 hs, salvo que la franja horaria sea inherente a la actividad autorizada.
c) Ejecución en zonas de especial protección, incluyendo un radio de hasta 100 metros de:
- Establecimientos educativos.
- Centros de salud.
- Plazas, parques o reservas naturales.
- Zonas de valor patrimonial, ambiental o cultural.
d) Obstaculización, resistencia o amenaza a la labor inspectiva o al accionar de la autoridad de control.
e) Riesgo concreto, real o razonable de daño al ambiente, a la salud pública, a la seguridad vial o a la integridad física o psíquica de terceros, aun cuando el daño no se haya consumado.
f) Cometimiento de la infracción mediante organización previa, planificación o participación coordinada de dos o más personas.
g) Utilización de redes sociales, plataformas digitales u otros medios de difusión para promover, justificar o repetir la conducta infraccional.
h) Cometimiento de la infracción en contexto de emergencia sanitaria, ambiental o climática declarada por autoridad competente.
i) Desatención de una orden previa, notificación fehaciente o apercibimiento anterior vinculado a la misma conducta.
j) Uso de identidad falsa, documentación adulterada o persona interpuesta para evitar la identificación del verdadero infractor.
k) Cometimiento de la infracción por parte de funcionarios públicos, empleados municipales, agentes de control o personas con deber especial de cumplimiento.
l) Afectación directa a personas con discapacidad, adultos mayores, niñas, niños o personas en situación de especial vulnerabilidad.
m) Generación de costos económicos extraordinarios al Estado municipal como consecuencia directa de la infracción.
El artículo 4° establece que «la concurrencia de una o más agravantes podrá habilitar a la autoridad a aplicar multas de hasta el quíntuple del máximo previsto para la infracción; extensión de clausuras, suspensiones o restricciones hasta un 500% adicional del plazo previsto; medidas adicionales de reparación, restitución o recomposición; secuestro preventivo de bienes, vehículos, elementos o animales involucrados en la infracción, previa justificación fundada».
Homenaje, vacante y la silla vacía

En otro orden, la mayoría oficialista volvió a posponer la jura de la concejal electa por el FdT en 2021 Micaela Navill, quien de todas formas asumirá su banca el 10 de diciembre, tras haber sido electa el 7 de septiembre por Somos.
Para evitar que la referente de Juan Zabaleta, exintendente que antecedió a Selci y que viene de encabezar la lista local de Somos Buenos Aires, el camporismo volvió a dilatar la jura por la banca que dejó vacante el fallecido Humberto «Tito» Bertinat, a quien, irónicamente, le hicieron un homenaje en el recinto, donde se destapó una placa en su nombre. El ex secretario de la Federación de Empleados municipales partió de este mundo en abril, durante un picadito de fútbol, y desde entonces el oficialismo esquiva a su reemplazante natura, Navill, con argumentos legulayos.
En vez de hacer la jura habitual, se instó al, nuevamente «promover consultas sobre la vacante», a instancias de una discusión jurídica sobre la paridad de género que se agotó hace ya varios años. La Jurisprudencia marca que esa ley corre para la conformación de listas, ya sea legislativas como de comisiones directivas sindicales, pero no para establecer un orden en la vacancia de cargos que quedaron establecidos en el acta de escrutinio que consta en Junta Electoral.