Carlos Bianco las defendió: Piden impugnar en la Junta Electoral las candidaturas testimoniales en PBA

La abogada Silvina Martínez hizo una presentación ante la Junta Electoral bonaerense para impugnar aquellas «candidaturas testimoniales» que llevan a intendentes peronistas como candidatos a concejales en sus distritos del GBA.
La estrategia electoral fue defendida por el propio Jefe de Gabinete de la Provincia, Carlos Bianco, quien lo calificó de «legal», en base a la jurisprudencia que la propia Justicia sentó en 2009, cuando dejó al entonces gobernador Daniel Scioli, como a todos los intendentes del PJ, presentarse en la elección legislativa por el Frente para la Victoria.
Pese a los antecedentes, Martínez advirtió que las postulaciones de candidatos que en caso de ser electos no asumirán en los cargos “engañan al elector al momento de votar, dándoles una opción falsa”.
La abogada planteó la impugnación “en los términos del artículo 22 de la Ley Electoral de la provincia de Buenos Aires, ley Nº 5109 en relación a diversas candidaturas presentadas para las elecciones provinciales de septiembre de 2025, en función de su presunto carácter testimonial, en tanto podrían lesionar el principio de buena fe electoral y el derecho ciudadano a un voto informado y genuino”.
Martínez mencionó artículos periodísticos con versiones de que la mayoría de los intendentes que son candidatos a diputados, senadores provinciales o concejales no tienen “vocación real de asumir los cargos en caso de resultar electos”.
En la presentación cita entre otros a los peronistas, Mariano Cascallares (Almirante Brown), Jorge Ferraresi (Avellaneda), Mario Secco (Ensenada), Fernando Espinoza (La Matanza), Mario Ishii (José C. Paz).
La abogada aclaró que algunos jefes comunales que son candidatos como Mayra Mendoza (Quilmes), Julio Zamora (Tigre), Guillermo Montenegro (General Pueyrredón), Diego Valenzuela (Tres de Febrero) y Pablo Petrecca (Junín) “declararon públicamente su voluntad de asumir en caso de ser electos, lo que refuerza las sospechas sobre el resto de las postulaciones”.
Pero hay una gran diferencia entre aquellos mandatarios que buscan escapar de su municipio, ingresar a la Legislatura y regresar en 2027 para volver a presentarse para la Intendencia (y burlar así una norma que les impedirá ser re-reelectos si reforma previa) y aquellos que buscan simplemente liderar una oferta electoral engañosa.
Martínez habló de los casos de intendentes bonaerenses cuyas candidaturas son testimoniales como Juan José Mussi (Berazategui), Mario Secco (Ensenada), Andrés Watson (Florencio Varela), Leonardo Nardini (Malvinas Argentinas), y Pablo Zurro (Pehuajó), “quienes manifestaron que sus candidaturas son testimoniales). Agregó el caso de la vicegobernadora Verónica Magario, que por supuesto hoy ostenta un cargo superior al de diputada (por la Tercera).
La abogada destacó que “la mayoría de los candidatos mencionados son intendentes en ejercicio que anunciaron, pública o tácitamente, que no asumirán los cargos para los cuales se presentan”. Criticó: “Las candidaturas obedecen a una estrategia político – electoral para reforzar listas o asegurar el control de sus distritos, pero sin intención real de ejercer la función para la que se postulan”.
El pedido de Martínez para impugnar las candidaturas testimoniales en PBA incluye reclamos para que “se intime a los candidatos señalados a expresar, mediante declaración jurada, su intención expresa de asumir el cargo en caso de resultar electos».
Además “que se evalúe la legalidad de dichas postulaciones conforme al principio de buena fe electoral y transparencia” y que “en caso de constatarse simulación o uso testimonial de las candidaturas, se tomen las medidas pertinentes para preservar la integridad” de las elecciones.
Mencionó “lo establecido por la Cámara Nacional Electoral en 2009, ante candidaturas similares (caso Daniel Scioli – Néstor Kirchner – Sergio Massa), en el cual se afirmó que: ‘El principio de buena fe electoral exige que quienes se postulan lo hagan con intención efectiva de cumplir el mandato conferido por el voto popular’”.
Advirtió que “la llamada ‘candidatura testimonial’ es engañosa y viola los fundamentos del sistema de representación política” y que “la Cámara Nacional Electoral (CNE) en antecedentes similares realizó, una aclaración muy importante, al plantear que si las expresiones de los candidatos hubiesen sido distintas y se hubiese tenido la certeza de que los candidatos eran ‘testimoniales’, dichas candidaturas no habrían podido oficializarse”.
Criticó que “el daño que producen las candidaturas testimoniales es que engañan al elector al momento de votar dándoles una opción falsa”, y que “la artimaña se esclarece luego del proceso electoral, cuando los candidatos renuncian y no asumen sus bancas”.